¿Aplican los impuestos de timbres a las empresas individuales? #TemasFiscales #EmpresasIndividuales

15 de mayo de 2018
NEG180515

Timbres fiscales en empresas individuales. María Dolores conversa con Mario Archila acerca del criterio tributario institucional emitido por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), relacionado al pago del 3% en timbres para empresas individuales. Archila explica que desde 1992 en la Ley de Timbres se establece dicho pago, sin embargo, el criterio institucional fue emitido para aclarar dicha regulación. Explica que la empresa es un establecimiento abierto al público para vender bienes o prestar servicios, por lo tanto, el dueño de ésta no puede ser contratado como empleado pero las ganancias que genere son suyas. Los comprobantes por retiro de dinero en efectivo que realice el dueño a los fondos empresariales deberán pagar el 3% de impuestos.

Llave maestra

María Dolores comparte algunos consejos para hablar en público. Cuando se habla ante un grupo de personas, se debe tener cuidado con la postura; de preferencia debe encontrarse recta, erguida y segura. Un tip para definir una estructura que permita guiar la conversación consiste en que durante la introducción se tomen temas pasados, durante el desarrollo comentar ideas en el presente y en el cierre hablar del futuro. El contacto visual es muy importante, en especial en las audiencias pequeñas. No abusar ni carecer de los ademanes y utilizarlos para enfatizar ideas. Y finalmente, manejar la entonación y el ritmo de la voz adecuadamente.

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