Cuotas patronales

21 de abril de 2020
NEG200421

Cumplimiento de obligaciones. María Dolores conversa con Mario Archila acerca del diferimiento de cuotas patronales. Recientemente, la Junta Directiva del IGSS emitió un acuerdo que permite diferir los pagos de impuestos patronales. Uno de los mecanismos aprobados permite pagar en junio, julio y agosto el pago pendiente correspondiente a marzo, abril y mayo. La otra fórmula permite diferir hasta por dieciocho meses las cuotas patronales a partir de junio. Es importante destacar que la modalidad abarca los impuestos por IGSS e Irtra; la cuota de Intecap únicamente puede ser diferida hasta por seis meses. Archila comenta que los sistemas informáticos han sido acoplados, por lo cual el cumplimiento puede ser solventado por medio de la página web de la entidad.

Estrategias para optar por el pago diferido

María Dolores continúa comentando con Alexia Aragón y Fernando Grajeda sobre la modalidad del pago diferido. Explican que las empresas deberán tomar decisiones acertadas respecto al flujo de caja, priorizando los salarios de sus trabajadores, impuestos y el pago de IGSS, debido a las condiciones sanitarias. La opción deberá ser evaluada, ya que mensualmente los pagos pueden tratarse de una cuota reducida, pero al agregarla en los meses de junio, julio y agosto podrán afectar aún más a la empresa. Es importante recalcar que no se tiene certeza sobre el panorama de las operaciones, debido a que el desarrollo de la pandemia es incierto. Recomiendan optar por la modalidad en caso de garantizar un repunte de ventas durante los meses de diferimiento.

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